En la víspera de la llegada del gabinete nacional de seguridad a Estados Unidos, el Gobierno de México publicó un decreto para crear una Comisión presidencial, encargada de la coordinación nacional para combatir el tráfico ilícito de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones, la cual tendrá carácter permanente.
La Comisión fungirá como grupo de trabajo especial para el seguimiento de las acciones que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal contra el tráfico ilícito de las drogas sintéticas, armas de fuego y sus municiones.
En el decreto, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y publicado en los primeros minutos de este miércoles en el Diario Oficial, se establece que la Fiscalía General de la República (FGR) será invitada permanente con voz, pero sin voto.
Cuando así lo requiera la naturaleza de los asuntos a tratar, a propuesta o solicitud de cualquiera de sus integrantes, la Comisión podrá invitar a servidores públicos de los tres órdenes de gobierno o de cualquier otro organismo público o privado, quienes participarán en las sesiones con voz, pero sin voto.
La Comisión tiene las siguientes atribuciones:
I. Coordinar las acciones que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, en materia de combate al tráfico ilícito de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones;
II. Diseñar y promover las acciones estratégicas de colaboración y políticas públicas estratégicas entre los diferentes órdenes de gobierno para el eficiente combate al tráfico ilícito de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones, con el fin de preservar la Seguridad Nacional;
III. Proponer a las autoridades competentes las acciones que resulten necesarias para celebrar convenios internacionales con relación al tráfico ilícito de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones;
IV. Verificar el cumplimiento de los convenios internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de tráfico ilícito de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones;
V. Evaluar las políticas y estrategias que lleven a cabo los tres órdenes de gobierno en materia de tráfico ilícito de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones;
VI. Promover el intercambio de información en los tres órdenes de gobierno y en el ámbito internacional respecto al tráfico ilícito de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones;
VII. Emitir los lineamientos para su organización y funcionamiento, y
VIII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.
La Comisión dependerá directamente del Ejecutivo Federal y está integrada por los titulares de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; Secretaría de Gobernación; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de la Defensa Nacional; Secretaría de Marina; Secretaría de Salud; así como de los responsables de la Unidad de Inteligencia Financiera y de la Procuraduría Fiscal de la Federación, ambas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; además del Centro Nacional de Inteligencia y la Guardia Nacional.
El decreto considera el Programa Sectorial de Seguridad y Protección Ciudadana 2020-2024, que establece acciones puntuales como controlar la entrada ilegal y circulación de armas de fuego en el país, a través de acciones operativas.
Se agrega que la prevención y el combate a la fabricación y al tráfico ilícito de armas de fuego constituyen una prioridad de la política interior y exterior del país, que tiene como objetivo primordial poner fin a la pérdida de vidas humanas y a la degradación de las condiciones de paz y de bienestar.
Se explica que debido a que el Gobierno de México tiene la obligación de garantizar la protección a la salud, un medio ambiente sano y la Seguridad Nacional, resulta necesario crear este grupo de trabajo encargado de coordinar, promover, proponer, verificar, evaluar y diseñar acciones y estrategias que permitan a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, combatir de manera eficaz el tráfico ilegal de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones.
La Comisión debe instalarse dentro de los diez días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
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