APRUEBAN REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL EN MATERIA DE PAGO DE SERVICIOS HIDRÁULICOS

domingo, 2 de junio de 20190 comentarios




Por: Noel F. Alvarado

El Congreso de la Cuidad de México aprobó el dictamen por el que se
deroga el párrafo sexto y se adiciona un párrafo noveno al artículo
302 del Código Fiscal de la Ciudad de México, que regula el pago de
particulares al Sistema de Aguas por los servicios de infraestructura
hidráulica.

En tribuna, la diputada de MORENA, Valentina Batres Guadarrama indicó
que esta reforma obedece a que existe una contradicción normativa, pues
en el párrafo sexto se estipula que los aprovechamientos no podrán ser
pagados en especie, sin embargo, el párrafo séptimo menciona que las
personas desarrolladoras podrán solicitar al Sistema de Aguas que el
monto de los aprovechamientos pueda ser cubierto mediante la
realización de obras, es decir, que puedan ser pagados en especie.

Por lo anterior, la legisladora indicó que la intención de la
iniciativa fue otorgar certeza jurídica al imponer la obligación a
cargo del Sistema de Aguas de hacer pública la información relacionada
con el cumplimiento de requisitos por parte de las personas
desarrolladoras, así como el monto de los aprovechamientos pagados.

Detalló que con estas reformas se regulará la obligación de las
personas propietarias de desarrollos inmobiliarios de pagar una
compensación monetaria para mitigar el impacto urbano y ambiental, a
fin de contribuir al desarrollo y mejoramiento del equipamiento urbano,
la infraestructura vial e hidráulica y el espacio público, lo que de
facto excluye la posibilidad que los aprovechamientos puedan ser pagados
en especie.

Durante la sesión de este jueves, la diputada de MORENA, Guadalupe
Aguilar Solache indicó que con estas acciones se abona
significativamente en el ejercicio de transparencia y rendición de
cuentas, "compromisos manifiestos de un gobierno abierto como el
capitalino, toda vez que a partir de esta reforma, cuando el Sistema de
Aguas determine la procedencia de la realización de las obras de
mitigación pertinentes, la información generada deberá publicarse en
la página del propio Sistema a más tardar cinco días naturales
posteriores a dicha determinación".

Aguilar Solache aseguró que también se garantiza el suministro de agua
de las personas que pudieran verse afectadas por los desarrollos
inmobiliarios al establecer la obligatoriedad de que se mitigue el
impacto urbano y ambiental".

"Con la aprobación de esta reforma se contará con un marco normativo
certero que permita el pleno ejercicio del derecho humano al acceso al
agua potable", señaló la congresista.

Durante la discusión del dictamen y con la finalidad de mejorar la
redacción del párrafo noveno de la iniciativa, la diputada de MORENA,
Donají Olivera Reyes presentó la propuesta que permitió establecer
que una vez que la autoridad competente dé el visto bueno respecto a
que el particular cumplió con las medidas de mitigación, el Sistema de
Aguas lo publique en su portal oficial a más tardar en cinco días
posteriores a que acredite dicho cumplimiento, así como el monto de los
aprovechamientos pagados por parte del desarrollador.
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