LAS OPERADORAS DE PARQUÍMETROS DEBERÁN INSTALAR CÁMARAS DE VIGILANCIA Y CONTRATAR SEGURO DE DAÑOS

martes, 26 de febrero de 20190 comentarios




Por: Noel F. Alvarado

La Comisión de Uso y Aprovechamiento del Espacio Público aprobó
adicionar el artículo 108 Bis a la Ley del Régimen Patrimonial y del
Servicio Público con el propósito de normar la obligatoriedad a
quienes operan los permisos en la "zona de parquímetros" de
instalar cámaras de vigilancia y contratar un seguro de daños.

La presidenta de la comisión, la diputada Gabriela Salido Magos, dijo
con que esta adición se establece que los concesionarios o
permisionarios deberán instalar cámaras de vigilancia conectadas a los
sistemas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana en la Ciudad de
México.

Las condiciones bajo las cuales deberán operar quienes tienen Permisos
Temporales Revocables e instalan sistemas de control y supervisión  de
estacionamientos de vehículos automotores en la vía pública, tendrán
por obligación contratar un seguro para responder por daños y
perjuicios, así como por la pérdida parcial o total de los autos que
hayan pagado el derecho correspondiente  por el uso de la vía pública.

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