Por: Noel F. Alvarado
Al confirmar que agentes de la Policía Federal incurrieron en detención arbitraria, retención ilegal y sometimiento, con uso de fuerza innecesaria, de una persona en el municipio de Los Reyes de Salgado, Michoacán, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 16/2018, dirigida al Comisionado Nacional de Seguridad, Renato Sales Heredia.
Esta Comisión Nacional con las evidencias que se allegó, acreditó la violación a los derechos humanos a la libertad, a la integridad y seguridad jurídica y personal atribuibles a elementos de dicha corporación.
De acuerdo con el escrito de queja presentado por la hermana del agraviado, ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de esa entidad, remitido por razón de competencia, el 29 de enero de 2014, aproximadamente a las 16:21 horas solicitó, vía telefónica, auxilio a la Comandancia de la Policía municipal para detener a su hermano, quien estaba al interior de su domicilio en estado de ebriedad y con actitud agresiva hacia sus familiares. A los pocos minutos llegaron policías federales –que realizaban funciones de apoyo en materia de seguridad pública en la región— quienes, previa autorización, ingresaron al lugar para detenerlo.
Al día siguiente, la quejosa y su madre acudieron al área de barandilla de la Comandancia municipal donde les informaron que su familiar no estaba en ese sitio. Posteriormente, conocieron que fue presentado ante el Ministerio Público Federal en Morelia, Michoacán, como presunto responsable de los delitos de delincuencia organizada y portación de arma de fuego.
La Comisión Nacional de Seguridad informó que la persona fue detenida en circunstancias de flagrancia, al haber participado, junto con otras personas, en un enfrentamiento con policías federales en el citado municipio y que, al resistirse, fue necesario emplear el uso de la fuerza para lograr su aseguramiento.
Sin embargo, el análisis de diversos documentos y testimonios permitieron comprobar que la detención de la víctima ocurrió en su domicilio y los elementos federales omitieron presentarlo ante la autoridad competente para que determinara si su conducta constituía una falta o contravención administrativa y, por el contrario, lo mantuvieron detenido y justificaron su actuación bajo el supuesto delito flagrante que posteriormente se le imputó, con lo cual violaron sus derechos a la libertad, seguridad jurídica y personal.
La CNDH también observó que existió retención ilegal, al transcurrir más de 20 horas desde el aseguramiento hasta su puesta a disposición ante el Ministerio Público Federal, lo que contravino la disposición constitucional de toda persona a ser presentada sin demora alguna ante la autoridad competente.
Además, la revisión de los certificados médicos practicados desde su detención, permitió al personal de la CNDH constatar que la víctima presentaba lesiones, por lo que se estableció que en su aseguramiento los policías federales emplearon una fuerza superior a la necesaria para someterlo, lo que constituyó violaciones a su derecho a la integridad personal.
Por lo anterior, se solicitó al titular de la Comisión Nacional de Seguridad reparar integralmente el daño ocasionado a la víctima, incluyendo atención médica y psicológica, y colaborar en el trámite y seguimiento de la denuncia y queja que se presente ante la Procuraduría General de la República y la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal, respectivamente.
Además, impartir, en un plazo de tres meses, un curso dirigido a agentes de esa corporación en materia de derechos humanos, específicamente sobre el Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza, e instruir su debida observancia a efecto que en todos sus operativos empleen cámaras fotográficas, de video y audio para registrarlos.
La Recomendación 16/2018, ya que fue debidamente notificada a su destinatario, puede consultarse en la páginawww.cndh.org.mx
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