AMPLÍA GCDMX FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA AGILIZAR RECONSTRUCCIÓN

domingo, 27 de mayo de 20180 comentarios





Por: Noel F. Alvarado

 

Para el Gobierno de la Ciudad de México la publicación del acuerdo por el que se otorgan facilidades administrativas en la entrega de la documentación solicitada para la reconstrucción de vivienda multifamiliar y los lineamientos para el otorgamiento de recursos a propietarios de dichos inmuebles, representa un instrumento eficaz para flexibilizar trámites y acelerar el proceso de recuperación de las familias que resultaron afectadas por el sismo del 19 de septiembre de 2017.

 

La administración capitalina recuerda que dicho acuerdo, publicado el pasado viernes, establece el otorgamiento de facilidades administrativas a las personas que no cuenten con todos los requisitos para la obtención del Certificado de Derechos de Reconstrucción, previsto por la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una cada vez más resiliente.

 

Asimismo, indica que se debe proporcionar certeza respecto del potencial constructivo, número máximo de viviendas y niveles de edificación que permite dicha Ley a los copropietarios o condóminos de inmuebles habitacionales multifamiliares que colapsaron o que fueron demolidos en virtud de los daños estructurales; recursos para el pago de la elaboración de los proyectos ejecutivos de reconstrucción y un fondo de arranque que solvente un porcentaje del costo de reconstrucción para agilizar el inicio de las obras.

 

Por lo anterior, quienes no hayan iniciado o concluido el trámite de obtención del Certificado de Derechos de Reconstrucción para Afectados (CeDRA 2017), podrán gestionar ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) una Constancia de Reconocimiento de Afectado que tendrá como fin único el principio de las gestiones para trámites de reconstrucción mientras continúan el procedimiento para la obtención del referido certificado.

 

Para facilitar la obtención del CeDRA 2017, los interesados que no cuenten con el testimonio de la escritura, comprobantes para acreditar las características de la construcción y el dictamen de demolición, deberán presentar ante la SEDUVI un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que no cuentan con dichos requisitos y exhibir la constancia de antecedente registral expedida por el Registro Público de la Propiedad, en el que haya sido inscrito el inmueble.

 

Además, quienes no puedan acreditar las características de la construcción pueden presentar la propuesta de declaración de valor catastral, pago del impuesto predial y constancia de antecedente registral en el que haya sido inscrito el inmueble.

En caso de no contar con el Dictamen de Demolición, la SEDUVI apoyará para gestionar su obtención ante el Instituto para la Seguridad de las Construcciones (ISC), un DRO o Corresponsable en Seguridad Estructural, aprobado por el Comité de Emergencias o por la Comisión para la Reconstrucción.

 

Para brindar certeza al proceso de reconstrucción de inmuebles habitacionales multifamiliares que colapsaron, o bien que debieron ser demolidos en virtud de los daños estructurales y que se encuentren sujetos al régimen de propiedad en condominio o en copropiedad, la SEDUVI de manera paralela a la expedición del Certificado de Derechos de Reconstrucción para Afectados o de la Constancia de Reconocimiento de Afectado, entregará a los interesados una Constancia de Potencial para la Reconstrucción de Vivienda que establecerá el coeficiente de utilización del suelo, potencial constructivo máximo, niveles máximos de edificación y número de viviendas máximas.

 

Dicha constancia servirá de base para la elaboración de los proyectos ejecutivos de reconstrucción y tendrá vigencia únicamente en el periodo que se realice el proyecto.

 

A los propietarios de inmuebles afectados sujetos al régimen de propiedad en condominio o en copropiedad o de inmuebles habitacionales multifamiliares que colapsaron o que debieron ser demolidos, la SEDUVI contará con recursos para la elaboración de los proyectos ejecutivos de reconstrucción de vivienda para apresurar el inicio de las obras.

 

El acuerdo también establece los requisitos para asignar fondos, los elementos para la integración del expediente que realizará la SEDUVI en coordinación con la Procuraduría Social (PROSOC); las facultades de las dependencias que participan, las atribuciones de la Contraloría General de la Ciudad de México para verificar el cumplimiento del Acuerdo y los procedimientos a seguir en caso de cancelación de los recursos.

 

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