Los directores de las Afore involucradas se enviaban correos con sobrenombres para las empresas, y así ponerse de acuerdo para limitar traspasos de cuentas entre ellas, los cuales son fuente fundamental de competencia.
La sanción, aplicada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) por prácticas monopólicas, fue porque en 2012 y 2014 estas Afore celebraron acuerdos para limitar los traspasos, lo que disminuyó la competencia que existía entre ellas para ganarse la preferencia de los trabajadores.
De acuerdo con la Cofece, en un mercado en donde las inversiones y las comisiones que cobran las Afore están reguladas, los traspasos son una fuente fundamental de competencia.
Al convenir limitarlos, disminuyen sus incentivos para ofrecer un mejor servicio, y eliminan la posibilidad de que los trabajadores puedan premiar o castigar a su Afore según su grado de satisfacción.
En la resolución dada a conocer esta mañana por la Cofece se detalló que cada trabajador que cotiza o ha cotizado en el IMSS o ISSSTE tiene una cuenta personal e individual a la cual se canalizan sus aportaciones, que es administrada por una Afore y tiene derecho a elegir cuál de ellas manejará sus ahorros para el retiro, respetando las restricciones sobre registro y traspaso de cuentas que señala la regulación.
No obstante, en seis ocasiones entre noviembre de 2012 y junio de 2014, directores generales y directores de operaciones de las Afore sancionadas celebraron convenios para reducir el traspaso de cuentas entre ellas, estableciendo montos máximos de traspasos semanales que variaban dependiendo del acuerdo. Con esta acción disminuían la competencia.
Los convenios tenían la característica de ser bilaterales y se celebraron de la siguiente manera: Profuturo-Afore Bancomer, alrededor de noviembre de 2012 a enero de 2013; Profuturo-Afore XXI, entre octubre de 2013 a mayo de 2014; Afore XXI-Sura, entre enero y junio de 2014; Afore XXI-Principal, enero a junio 2014; Profuturo-Sura, marzo a junio de 2014, y Profuturo-Principal, febrero a junio de 2014.
La forma en cómo operaban en colusión estas Afore para dar seguimiento a los acuerdos era que se monitoreaba a través de correos electrónicos en los que se establecieron mecanismos para ocultar la identidad de las Afore que cometieron la conducta, como utilizar sobrenombres para las empresas, lo que muestra que los sancionados conocían la ilegalidad y consecuencias de la acción.
Por otro lado, con base en datos de la Consar, se acreditó que, en los periodos en los que estuvieron vigentes los convenios, se redujeron los traspasos de cuentas entre las Afores involucradas.
La práctica indebida de frenar y retrasar los traspasos entre las Afores era con el objetivo de reducir el gasto comercial, lo que repercutiría en mayores beneficios para las Afore.
Es decir, al tratarse de un mercado en el cual es complejo modificar el monto de las comisiones y en el que las inversiones están reguladas, las administradoras buscaron incrementar sus utilidades a partir de una reducción de su gasto comercial, el destinado a lograr traspasos de cuentas de los trabajadores.
Lo anterior, a través de concertar entre ellas la reducción de los mismos, disminuyendo así su competencia.
En 2014, del gasto total de una Afore, el comercial representó alrededor de 34 por ciento y llegó a ser hasta 50 por ciento de la comisión cobrada a los trabajadores.
Estas acciones, si bien buscaban reducir los costos de las administradoras, no se vieron reflejadas en una mejor comisión para los clientes.
La Cofece indicó que a diferencia de la Afore XXI Banorte, que se acogió al programa de inmunidad y le permitió reducir la multa de 428 millones de pesos a 300 millones de pesos, algunos de los agentes económicos sancionados no fueron acreedoras a recibir los beneficios de dicho programa, al no satisfacer íntegramente los requisitos de cooperación plena y continua en el procedimiento seguido en forma de juicio que establece la LFCE.
La mayor sanción económica impuesta hasta ahora en el sistema financiero mexicano era por la CNBV y fue a HSBC por 368 millones 921 mil 258 pesos, derivadas de mil 855 multa en el ámbito administrativo, por haber incurrido en diversos incumplimientos a la normatividad de Prevención de Lavado de Dinero (PLD).
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