· La solicitud se realiza al Congreso de la Unión, por disposición Constitucional señalada en el Artículo 111 párrafo Cuarto.
· La legisladora es investigada por la Comisión de un delito Electoral Federal.
Con fundamento en el Artículo 111, párrafo Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) solicitó a la Cámara de Diputados Federal Juicio de Procedencia para desaforar a la legisladora con licencia y ex candidata a la alcaldía del municipio de Las Choapas, Veracruz, Eva Felicitas Cadena Sandoval.
Cabe mencionar que la Fiscalía citó en las instalaciones de esta Representación Social a la diputada el día 2 de mayo del presente año con el fin de llevar a cabo una diligencia; y al no haber cumplido con el citatorio, la FEPADE continúo con el procedimiento que la Ley establece.
Por lo anterior, la FEPADE solicitó el día de hoy a la Cámara de Diputados inicie el proceso de desafuero en contra de Eva Cadena Sandoval. Dicha solicitud se realiza al Congreso de la Unión, debido a que la diputada es investigada por la Comisión de un delito Electoral Federal.
La solicitud a la Cámara de Diputados se hace por disposición Constitucional señalada en el Artículo 111 párrafo IV donde se menciona que en caso de ser autorizada dicha solicitud se comunicará a la Legislatura Local para el trámite de Ley.
Lo anterior, debido a que la fiscalización de las aportaciones en efectivo que reciben los candidatos o partidos políticos, como los que le fueron presuntamente donados a la diputada, son una facultad exclusiva y reservada al Instituto Nacional Electoral, autoridad que actúa en el ámbito federal, según lo establecen los artículos 41 constitucional, 21 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, así como el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
La FEPADE inició una investigación de oficio por la posible violación la Articulo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales donde se señala que se castigará a la persona que "realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la Ley".
Es importante señalar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que el Fuero Constitucional protege la función y no a la persona, en este caso la función de ser representante de la ciudadanía no se está realizando toda vez que Eva Cadena cuenta con licencia en la Cámara de Diputados del estado de Veracruz.
La FEPADE, reitera su respeto en todo momento los derechos fundamentales de las personas y el debido proceso y su compromiso con realizar las investigaciones con plena imparcialidad sin filias ni fobias, solamente con lo que la Ley le mandata.
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